El distrito y sus autoridades

El Distrito 

Es la unidad geográfico y administrativa más pequeña de la demarcación política interna de nuestro país. Su creación se hace mediante ley.

El distrito se establece con la finalidad de promover el desarrollo integral del área que lo conforma. Por ello mismo, distinguimos aquí la parte urbana y la parte rural del distrito. 

Por lo general la parte urbana está representada por la capital distrital que, la más de las veces, es un poblado pequeño. Allí los pobladores han construido sus viviendas de material noble (ladrillo, cemento, fierro, etc.) o de adobe, las que cuentan con sus servicios respectivos de alumbrado, agua, desagüe. Estas viviendas obedecen a un plan de urbanización por lo que conforman calles, jirones, avenidas y manzanas. 

La parte rural del distrito está representada por el área destinada a la agricultura y ganadería. Allí las viviendas, en su mayoría, son rústicas, carentes de servicios y como no obedecen a un plan de urbanización, están dispersas y aisladas, construidas cerca de la “chacra”, parcela o establo que da ocupación al campesino. 

Cabe destacar que en las grandes ciudades como Lima, Arequipa, Trujillo, Chiclayo, Huancayo, Cusco, etc. los distritos son enteramente urbanos.

Imagen ①: Los 49 distritos de Lima MetropolitanaImagen ②: Imagen satelital de Lima.
Imagen ①: Los 49 distritos de Lima Metropolitana. | Imagen ②: Imagen satelital de Lima.

Autoridades de un distrito

Las autoridades están conformadas por::

El Alcalde: Preside y representante legalmente al Concejo Municipal. Es elegido en sufragio universal directo por un período de tres años.

Los Regidores: Son los demás miembros, que juntamente, con el alcalde conforman el Concejo Municipal.

El Concejo Municipal, cuya sede o local se llama Municipio o Municipalidad, tiene por misión:

Velar por el aseo, higiene y ornato del distrito.
✍ Procurar el bienestar de los pobladores.
✍ Administrar los bienes y rentas.
✍ Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales.
✍ Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes.
El conjunto de sus atribuciones y competencia se señalan en el art. 192 de la Constitución de 1993.

El Gobernador: Es la autoridad política en el distrito. Actúa en representación del Poder Ejecutivo encarnado por el Presidente de la República. 

Funciones del Gobernador:

✍ Cumplir y hacer cumplir la Constitución y traslados, leyes y demás disposiciones legales.
✍ Velar porque se cumpla la política general del gobierno en el distrito.
✍ Mantener la seguridad y el orden en la circunscripción distrital, actuando en todo caso en coordinación y colaboración con la Policía Nacional.
El nombramiento del gobernador se debe a la Prefectura del departamento a propuesta de la Sub-prefectura provincial.

El Comisario: Es la autoridad policial en el distrito. Juntamente con el personal a su cargo, 

Funciones del Comisario:

✍ Conservar el orden público.
✍ Otorgar seguridad en la preservación del patrimonio, evitando robos y sustracciones.
✍ Combatir la delincuencia en todos sus aspectos.
Las comisarías se dan en los distritos de población numerosa. En los demás sólo existen puestos con reducido efectivo policial.

El Juez de Paz: Encarna a la autoridad judicial. Administra justicia y aplica la ley. En distritos de población numerosa este cargo es ejercido por un profesional en derecho (abogado), por lo que reciben el nombre de Juez de Paz Letrado. En distritos pequeños el cargo es ejercido por un ciudadano instruido, tomando simplemente el nombre de Juez de Paz.
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