Reforma de la constitución política del Perú
El artículo 206 considera el mecanismo para modificar la constitución
Existe 2 vías:
(1) Toda reforma constitucional debe ser aprobado por el congreso con mayoría absoluta del número legal de miembros y ratificada mediante referéndum.
(2) Puede omitirse el referéndum cuando en el acuerdo del congreso hechas en 2 legislaturas ordinarias consecutivos, se obtiene votación favorable en cada caso superior o los 2/3 de número legal de congresistas,
La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros. Los Congresistas. Un número de ciudadanos. Equivalente el 0,3% de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.
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